Los contribuyentes podrán solicitar el borrador del la renta del ejercicio 2011 a partir del próximo 10 de abril.
Una vez recibido podrá hacer cualquier modificación y/o confirmarlo hasta el 2 de julio, a través de la web de la Agencia Tributaria: http://www.aeat.es/
A partir del 3 de mayor podrán presentar el I.R.P.F., todos aquellos que al tener rendimientos de actividades económicas o profesionales no han podido confirmar el borrador.



0 comentarios:
Publicar un comentario