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martes, 27 de marzo de 2012

LA OBSESION POR EL DEFICIT ...



POSIBLES NUEVAS SUBIDAS DE IMPUESTOS PARA LAS EMPRESAS


El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, explicó ayer las líneas maestras del proyecto de Presupuestos del Estado de 2012 que el Gobierno aprueba el viernes al Consejo Empresarial para la Competitividad (CEC), con el que se reunió a comer en Madrid. En el encuentro, que se celebró a petición suya, adelantó que, dentro de los ajustes que está estudiando el departamento, contempla la limitación de las deducciones del Impuesto de Sociedades (IS), que hacen que las empresas paguen un tipo efectivo muy inferior al 30% oficial (los grandes grupos reducen al 9,9% el tipo impositivo efectivo), y el aumento del Impuesto de Valor Añadido (IVA) en algunas partidas. Algunas de estas medidas se anunciarán el viernes; pero no todas.
Montoro, que no abundó en detalles, argumentó que los ajustes son necesarios para cumplir el objetivo “irrenunciable” del Gobierno de alcanzar el 5,3% de déficit público al que se ha comprometido con Bruselas. Esos ajustes, vías gastos e ingresos, se cuantifican en 35.000 millones, aunque Funcas (gabinete de estudios de las Cajas de Ahorros) considera que se pueden elevar hasta los 55.000 millones por el efecto de la recesión.
En ese sentido, el ministro exhortó a los empresarios que apechuguen en esa tarea de ajustes y que transmitan el mensaje de confianza en la fortaleza de la economía española. Asimismo, les pidió su opinión sobre las reformas que ha puesto en marcha el Ejecutivo del PP, como la financiera y la laboral, y las que aún deben abordarse. Algunos empresarios consideran que esas reformas deben completarse y, sobre la posibilidad de suprimir exenciones al IS (gastos financieros generados en el exterior, I+D, etc.), subrayaron que puede tener un efecto desincentivador peligroso para las empresas en temas que precisamente se quieren potenciar.
Es esta la segunda vez en los tres meses escasos que lleva en el cargo, que Montoro se reúne con este lobby, al que considera lo suficientemente representativo para tomar el pulso de la empresa española. Asimismo, el interés se enmarca en la fuerte presencia internacional que tienen la mayor parte de los 17 grupos que lo forman. Para el Gobierno es fundamental que estas entidades transmitan una imagen de solidez a los mercados en unos momentos en que estos castigan la economía española con aumentos de la prima de riesgos y caídas de la Bolsa (ayer el Ibex cayó un 0,69% hasta los 8.224 puntos). El Gobierno quiere impulsar esta internacionalización como efecto llamada a las pymes.
La reunión de ayer se produce casi de forma consecutiva de la celebrada por este grupo el martes pasado con el Rey Juan Carlos. En ese encuentro, el monarca insistió en la necesidad de que los grandes grupos españoles hagan de motor para las pymes. A la comida no pudo acudir toda la plana de los 17 empresarios. Fallaron Isidro Fainé y Leopoldo Rodés, que estaban en el consejo de La Caixa que aprobaba la integración de Banca Cívica; Emilio Botín (Banco Santander) e Ignacio Sánchez Galán (Iberdrola), que tuvo que presidir un acto del Club de la Energía, que preside, junto al ministro de Industria, José Manuel Soria.





Fuente: elpais.com

martes, 7 de febrero de 2012

Hacienda quiere limitar a 1.000 euros el pago en efectivo a los autónomos



Como parte de la cruzada que el Gobierno ultima contra la economía sumergida, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas estudia limitar el pago en efectivo a determinados colectivos como los autónomos a los 1.000 euros, según confirman fuentes del Ministerio que dirige Cristóbal Montoro. Para otros colectivos, como las empresas, Hacienda ampliaría este desembolso de facturas en metálico hasta los 3.000 euros.
Éstas serían las principales cifras con las que el Gobierno trabaja a día de hoy, en la que será la medida estrella del Plan General de Control Tributario para 2012 que Hacienda está dispuesta a aprobar antes de que termine el mes de febrero.
Montoro presentó las directrices del conocido como plan de lucha contra el fraude, a través de un informe, en el Consejo de Ministros del pasado 5 de enero. Fue su segundo gran frente fiscal, ya que sólo una semana antes había aprobado la subida de impuestos -IRPF e IBI- para hacer frente al déficit público.
Entonces, la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, no entró a especificar cuál sería la cuantía a la que limitarían el uso de efectivo en determinadas transacciones financieras. Sin embargo, sí dio una pista: "Será similar a la aprobada recientemente por los Gobiernos de Francia e Italia".
La horquilla se situaba entonces entre el límite de los 3.000 euros aplicado por el Gobierno galo y los 5.000 euros del transalpino. Sin embargo, el equipo de Montoro plantea ahora bajar este límite para ampliar la recaudación fiscal, más teniendo en cuenta el delicado momento en el que se encuentran las arcas públicas y que sacar a relucir que el dinero en B ha sido siempre una de las asignaturas de todo ministro de Hacienda.
¿26.000 millones recaudados?
Horas después de anunciar que la medida formaría parte del plan del Gobierno para que aflore el dinero negro, los técnicos de Hacienda (Gestha) hicieron público un comunicado que apuntaba a los 1.000 euros como el que consideraban "el importe óptimo" para obtener una recaudación adicional que cifraron en 26.000 millones de euros, esto es, de 2,5 puntos del Producto Interior Bruto (PIB).
De cumplirse esta cifra con el afloramiento, se recaudaría más del triple de los 8.171 millones de euros que se fijó como objetivo con la totalidad del plan de lucha contra el fraude fiscal la número dos del Ejecutivo.
El secretario general de Gestha, José María Mollinedo, apunta en este sentido a que esta prohibición supondría, sin duda, "una medida disuasoria" frente al fraude fiscal. Las razones: las empresas no podrían deducir el IVA ni el gasto en el IRPF ni en el Impuesto sobre Sociedades la parte de las facturas pagadas en metálico, con cheques bancarios o documentos al portador que excedan el límite de los 1.000 euros.
Además, Mollinedo pone el acento en que la medida permitiría rebajar también la tasa de economía sumergida en 5,1 puntos, reduciendo a la mitad la brecha que separa a España -donde un 23,3 por ciento del PIB se encuentra teóricamente sumergido- del entorno de la Unión Europea.
Las grandes líneas del plan
El plan, según su primer informe, tiene tres grandes ejes: comprobación e investigación del fraude fiscal, control de fraude en fase recaudatoria y colaboración con las Administraciones Tributarias de las comunidades autónomas.
En relación a la lucha contra la economía sumergida, los esfuerzos se dirigirán, según ha adelantado el Gobierno, a obtener pruebas de que se están realizando actividades ocultas o "parcialmente declaradas". A este respecto, se recurrirá al consumo de energía eléctrica o a la utilización de tarjetas de crédito. Se reforzarán igualmente las inspecciones de Trabajo, además de la coordinación con la Tesorería General de la Seguridad Social.
La aprobación de esta medida, en lo político, debería llevar el sí implícito del principal partido de la oposición teniendo en cuenta que el PSOE puso el acento al conocerse la intención del Ejecutivo en que se trata de "una copia" del programa electoral que Alfredo Pérez Rubalcaba llevó a las urnas el pasado 20-N. Entonces, el socialista prometió que si llegaba a la Moncloa prohibiría el pago en efectivo de las facturas de más de 3.000 euros.






Fuente: eleconomista.es

jueves, 24 de noviembre de 2011

SUBVENCIONES: Apoyo a la Primera Contratación del/la Autónomo/a

Tiene como objetivo fomentar la contratación indefinida mediante apoyo a personas físicas que trabajen por cuenta propia y realicen primera/s contratación/es de carácter indefinido o transformación/es de contrato/s de duración determinada en indefinidos de forma simultánea hasta un máximo de cinco trabajadores/as. La ayuda consistirá en una cantidad a tanto alzado por cada contrato indefinido o transformación de contrato de duración determinada en indefinido que se formalice. La cuantía máxima que podrá alcanzar el incentivo se determinará en función de lo siguiente:

Hasta 5.500 euros, cuando las contrataciones se formalicen con mujeres víctimas de violencia de género.
Hasta 5.000 euros, cuando las contrataciones se formalicen con mujeres, o en áreas territoriales preferentes para actuaciones integrales de empleo.
Hasta 4.750 euros, en los restantes supuestos.
Dichas cuantías se establecen para aquellos contratos o transformaciones de contrato cuya jornada de trabajo sea de 40 horas semanales o su promedio en cómputo anual. En el caso de que la contratación o transformación se realizase a tiempo parcial, estas cuantías se reducirán proporcionalmente a la jornada de trabajo resultante, sin que en ningún supuesto ésta pueda ser inferior a 20 horas semanales o su promedio en cómputo anual.

miércoles, 16 de noviembre de 2011

MODIFICACIONES IMPORTANTES EN LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL

La reciente Ley de Sociedades de Capital sufre su primera reforma.








La Ley 25/2011, de 1 de agosto, (BOE del día 2 de agosto) de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital y de incorporación de la Directiva 2007/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio, sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas, cuya entrada en vigor ha sido el día 2 de octubre de 2011, tiene por objeto:
- Reducir el coste de organización y funcionamiento de las sociedades de capital.
- Introducir algunas normas de modernización en este tipo de sociedades.
- Suprimir algunas de las diferencias injustificadas entre el régimen de las sociedades anónimas y el de las sociedades de responsabilidad limitada.
- Trasponer a la legislación interna la Directiva 2007/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio, sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas.

Seguidamente analizamos los aspectos más relevantes de la reforma.

CREACIÓN DE LA SEDE ELECTRÓNICA (art. 11 bis LSC)
Se reconoce la figura de la sede electrónica o página web corporativa. Su creación debe acordarse por la Junta General e inscribirse en el Registro Mercantil o el acuerdo de su creación debe ser notificado a todos los socios.

La prueba de la certeza de la inserción de contenidos en la página web y de la fecha en que se hizo la misma será responsabilidad de los administradores quienes podrán acreditarlo con una mera manifestación, susceptible de ser desvirtuada mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD
Flexibilización del cambio de forma de administración de la sociedad anónima (art. 23 LSC)
Se permite la posibilidad de que los estatutos de una sociedad anónima contemplen formas alternativas de administración, como ya se permitía en las sociedades limitadas, facilitándose de esta manera que sin necesidad de modificar los estatutos, la junta general de accionistas pueda optar sucesivamente por aquella que considere preferible.

Regulación de la figura del administrador persona jurídica y su representante persona física (art. 212 bis LSC)
Se establece la obligación de que el administrador persona jurídica nombre un solo representante persona física para el ejercicio permanente de las funciones del cargo. En el caso de revocación de la designación de este representante, debe inscribirse el nuevo representante en el Registro Mercantil.

Convocatoria del Consejo por un tercio de los consejeros (art. 246 LSC)
El Consejo de Administración podrá ser convocado por un tercio de los consejeros cuando habiendo sido requerido para ello el presidente, éste no hubiera procedido a la convocatoria, sin causa justificada, en el plazo de un mes.

CONVOCATORIA DE JUNTAS
Publicación de la convocatoria de la Junta (art. 173 LSC)
Se mantiene el régimen de publicación de la convocatoria mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y, como novedad, en la página web de la sociedad. Con carácter voluntario y adicional, o con carácter obligatorio si la sociedad carece de página web, la convocatoria se publicará en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia del domicilio social.

Asimismo los estatutos podrán eliminar la obligación de publicación en la web corporativa, siempre que prevean un procedimiento de comunicación individual y escrita que asegure la recepción del anuncio por todos los socios.

Plazo para convocar la Junta a petición de la minoría (art. 168 LSC)
El plazo para la celebración de la Junta General cuya convocatoria hubiere sido solicitada por socios que representen, al menos el 5 por 100 del capital social, se amplía de uno a dos meses contados desde el momento en que se hubiera requerido notarialmente a los administradores para convocarla.

DERECHO DE SEPARACIÓN Y EXCLUSIÓN
Derecho de separación (art. 346.1 a), (art. 348 bis LSC)
El derecho legal de separación en caso de sustitución del objeto social se extiende al supuesto de modificación sustancial del mismo.

Se reconoce un derecho de separación a los socios en caso de que una sociedad no cotizada no distribuya al menos un tercio de los beneficios propios de la explotación del objeto social obtenidos durante el ejercicio anterior, que sean legalmente repartibles, transcurridos cinco años a contar desde la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil.

Derecho de exclusión (art. 351 LSC)
Se extiende a las sociedades anónimas la posibilidad que hasta ahora era exclusiva de las sociedades limitadas, de incluir en los estatutos causas determinadas de exclusión de socios o modificar o suprimir las que existan con anterioridad, con el consentimiento unánime de todos los socios.

CUENTAS ANUALES
Firma de los administradores (art. 279 LSC)
Se elimina el requisito reglamentario de que la firma de los administradores tenga que ser objeto de legalización (legitimación notarial).

Publicación en el BORME (art. 281 LSC)
Se elimina la obligación de publicar en el BORME el anuncio de las sociedades que hubieran cumplido con esa obligación de depósito ya que las actuales posibilidades de acceso telemático al Registro Mercantil suplen las funciones que años atrás podía cumplir la publicación de las listas de sociedades que habían depositado las cuentas.

PUBLICIDAD DE DETERMINADOS ACUERDOS DE MODIFICACIÓN
Supresión de la obligación de publicación de acuerdos sociales en las sociedades anónimas (art. 289 suprimido)
Se suprime la obligación que tenían las sociedades anónimas de publicar en dos periódicos de gran circulación de la provincia o en la página web de la sociedad, los acuerdos de cambio de denominación, de domicilio, de sustitución o cualquier otra modificación del objeto social.

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA
Causas de disolución (art. 363 LSC)
La sociedad deberá disolverse por el cese en el ejercicio de la actividad o actividades que constituyan el objeto social. En particular, se entenderá que se ha producido el cese tras un periodo de inactividad superior a un año.

Publicidad de la disolución (art. 369 LSC)
Se suprime la exigencia de que la disolución de la sociedad anónima se publique en uno de los diarios de mayor circulación en el lugar del domicilio social.

Periodo de liquidación (art. 388 LSC)
Se elimina la obligación de la publicación en el BORME, durante el período de liquidación de la sociedad anónima, del denominado estado anual de cuentas.

Venta de inmuebles en pública subasta (art. 387 LSC)
Se pone fin a la exigencia de que, en la liquidación de las sociedades anónimas, los bienes inmuebles tuvieran que venderse en pública subasta.








Fuente: sbal.net

lunes, 10 de octubre de 2011

El empleo sumergido evade 1.150 millones de euros solo en Almería

«Hacienda somos todos» fue un lema del Gobierno de España que, allá por los ochenta se convirtiera en un mantra del estilo de «las muñecas de Famosa» o «El Almendro, vuelve a casa por Navidad». Buscaba luchar contra el endemismo mediterráneo que supone la evasión fiscal. Es decir: instar a la solidaridad y la corresponsabilidad a una sociedad pícara en la que el evasor no es visto como un pecador sino como un listillo.
La realidad ha demostrado que no sirvió de mucho. En España la evasión fiscal ha ido reduciéndose, pero sigue siendo muy superior a la que se da en el resto de Europa. Y eso significa que el Estado recauda menos que lo que debería. En época de bonanza, la evasión fiscal pasa a un segundo plano. Pero con las vacas flacas, esta realidad se vuelve hiriente para quienes sí que contribuyen de forma justa.


viernes, 7 de octubre de 2011

Aumenta el 414 % las empresas insolventes en Almería

Es la provincia en la que más han aumentado de toda España en los últimos nueve meses

 En los primeros nueve meses del año, la insolvencia empresarial ha aumentado el 414,19% en Almería, según el Radar Empresarial elaborado por la empresa Axesor, y que apunta que el tejido productivo español disminuyó en 23.005 empresas en ese mismo periodo, lo que supone una caída del 63,4% respecto a las 14.073 empresas que desaparecieron en el mismo período de 2010.
El caso de Almería es el más significativo, ya que se convierte en la provincia en la que porcentualmente hay más quiebras, y a ella le siguen Huesca (177,78%), Cantabria (94,44%), Lugo (92,86%), Badajoz (72,22%), Toledo (65,38%), Palencia (60%).






 Otro dato significativo de la situación empresarial en Almería es que según datos recabados por Noticias de Almería del Ministerio de Trabajo, procedentes de la Estadística de Regulación de Empleo, que se elabora con la
información recogida en las fichas estadísticas remitidas por las autoridades laborales competentes, en relación a los Expedientes Administrativos de Regulación de Empleo que producen efectos en el periodo considerado, cualquiera que sea el año de resolución, Almería ha multiplicado por cinco el número de EREs presentado en dos años, y casi en la misma cantidad el número de trabajadores afectados. Ese incremento es uno de los más elevados de toda España.

Así, Almería pasó de 24 EREs en 2008 a 125 en 2010, mientras que Andalucía entera lo hizo de 291 a 959, es decir mas de tres veces lo de hace dos años mientras nuestra provincia quintuplicó.

En cuanto al número de trabajadores afectados la proporción es similar, ya que mientras Almería pasó de 133 a 789, es decir, multiplicándose por más de cinco, en Andalucía como en el resto de las autonomías, la tónica es algo más que triplicar la cifra, de 5.905 a 19.505.

De hecho lod datos globales de España son 4.227 EREs en 2008, 13.029 en 2010, 148.088 trabajadores afectados en 2008 y 302.746 en 2010.
Durante los nueve primeros meses de 2011, un total de 3.838 empresas entraron en concurso de acreedores, un 13,18% más que de enero a septiembre de 2010. Los procesos de insolvencia instados por pymes (3.791) aumentaron un 13,37%, en cambio los presentados por las grandes empresas se mantuvieron respecto al mismo periodo de 2010. El dato almeriense no extraño si tenemos en cuenta que el mismo informe señala que el incremento de concursos de acreedores se ha producido en los sectores de la agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, actividades artísticas, recreativas y de mantenimiento.

Veinte provincias consiguieron disminuir el número de concursos presentados y sus porcentajes de mejora lo hicieron por encima del 20%: Melilla (50%), Ceuta (50%), Teruel (33,33%), Burgos (31,25%),


Las bajas y ceses siguen creciendo en mayor medida que la creación o reactivación de empresas, un 15,53%, con 101.819 empresas inactivas de enero a septiembre. Las disoluciones y ceses de actividad empresarial afectaron a 101.695 pymes, un 15,53% más que el pasado año, y a 124 grandes compañías, un 14,61% más que en los nueve primeros meses de 2010.El incremento de la actividad empresarial (las nuevas altas más las reactivaciones de las empresas que habían cesado su actividad anteriormente) creció un 6,42% en términos interanuales, con 78.814 empresas.

Hasta el mes de septiembre sólo dos provincias han creado tejido empresarial neto en España: Álava y Teruel.
En cambio Madrid, Barcelona y Alicante son las tres provincias donde más empresas han desaparecido: 3.047, 2.568, 1.950, respectivamente.
Las actividades vinculadas al sector financiero y de seguros y, especialmente, al sector energético, caen drásticamente en cuanto a creación de nuevas empresas, un 25% y 45% respectivamente, mientras que la media sectorial crece un 10% hasta septiembre.

En cuanto a fusiones, España sigue en máximos históricos con un número total de 1.320 hasta septiembre, un 13,01% más que en el mismo periodo de 2010. Las fusiones entre las pymes aumentaron un 16,42% y entre las grandes empresas cayeron un 7,98%.
En este periodo tuvieron lugar 425 procesos de escisión empresarial, lo que supone un incremento del 21,7%. Por último, hasta septiembre se registraron un total de 27.812 operaciones de ampliación de capital en los primeros nueve meses de 2010.

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