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miércoles, 26 de octubre de 2011

DESAPARECE EL REGIMEN ESPECIAL AGRARIO



El pasado 23 de septiembre, se publicó en el BOE la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS).
Con la aprobación de esta ley, el Régimen Especial Agrario se queda sin contenido ya que los trabajadores agrarios por cuenta propia, ya fueron integrados en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, a partir de 1 de enero de 2008.
Ahora, se establece que a partir del 1 de enero de 2012 los trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial Agrario pasarán a integrarse en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios dentro del RGSS.
De manera resumida, el articulado de la mencionada ley establece lo siguiente:
Integración en el RGSS, desde el 1 de enero de 2012, a los trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y a los empresarios a los que prestan sus servicios, también incluidos en este último régimen, previéndose asimismo idéntica integración respecto a los trabajadores y empresarios que en el futuro desempeñen actividades agrarias.
Creación del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios dentro del RGSS, en el que dichos trabajadores podrán quedar incluidos tanto durante los períodos en que efectúen labores agrarias como durante los períodos de inactividad en tales labores, para lo que se exigirá, con carácter general, la realización de un mínimo de 30 jornadas reales en un período continuado de 365 días.
También se establecen los supuestos que determinarán la exclusión de los trabajadores agrarios del citado Sistema Especial durante los períodos de inactividad y las condiciones para la reincorporación al mismo, así como los efectos de una y otra.
Se establece un plazo especial de presentación de las solicitudes de alta de los trabajadores agrarios cuando no sea posible dicha presentación con carácter previo al comienzo de su prestación de servicios, pudiendo realizarse en tal caso hasta las 12 horas del día de inicio de dicha prestación.
Se regula la distinción entre los períodos de actividad, en los que las bases de cotización, tanto mensuales como diarias, se determinarán igual que en el Régimen General, y los períodos de inactividad, en los que, con arreglo a la fórmula que se determine legalmente, se cotizará por la base mínima del grupo 7 de cotización vigente en cada momento, con aplicación, en ambos períodos, de los tipos de cotización fijados en este precepto. También se fijan unas condiciones especiales de cotización respecto a los trabajadores agrarios por cuenta ajena por los conceptos de recaudación conjunta con la Seguridad Social, entre los que se incluye por vez primera la Formación Profesional, así como en las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, previéndose igualmente que no será de aplicación en este Sistema Especial el incremento de la cuota previsto para los contratos temporales de duración inferior a siete días, en atención a las circunstancias y condiciones de trabajo en el sector agrario.
Quedan regulados los diferentes supuestos de responsabilidad en el ingreso de las cuotas dentro del mencionado Sistema Especial, estableciéndose, en este caso, distinciones entre los períodos de actividad y de inactividad y las situaciones indicadas en el punto anterior, de percepción de subsidios de la Seguridad Social.
Con respecto a la acción protectora del régimen, se establecen una serie de peculiaridades que afectan a las condiciones para el reconocimiento del derecho a las prestaciones económicas, al ámbito de la acción protectora durante los períodos de inactividad, a las condiciones para acceder a la jubilación anticipada, a la cuantía de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de enfermedad común y a las lagunas de cotización.
Mediante las disposiciones adicionales incluidas en la ley, se establecen las siguientes cuestiones:
Se establecen unas condiciones especiales de inclusión en el nuevo Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios respecto a aquellos que provengan del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, que afectan al requisito general de las jornadas reales necesarias para permanecer en dicho Sistema.
Respecto a la cotización durante los períodos de actividad, se establece la aplicación paulatina de las bases máximas y del tipo de cotización a cargo del empresario, previendo también el establecimiento de beneficios en la cotización y otras peculiaridades en la materia hasta la plena efectividad de lo dispuesto en la ley que estamos comentando. Los tipos de cotización aplicables a cargo del empresario será del 15,95% en el año 2012, incrementándose anualmente en 0,45 puntos porcentuales durante el periodo 2013-2021, en 0,24 puntos porcentuales durante el periodo 2022-2026 y en 0,48 puntos porcentuales durante el periodo 2027-2031, alcanzándose en 2031 el tipo del 23,60%.
Se regula el alcance de la protección por desempleo de los trabajadores incluidos en este Sistema Especial, así como las condiciones de la cotización a la Seguridad Social durante la misma.
Se contempla la posibilidad de que los trabajadores agrarios por cuenta ajena contratados a tiempo parcial coticen de forma proporcional a la parte de jornada que realicen, remitiéndose a las condiciones y términos que para ello se determinen reglamentariamente.
Se prevé la posibilidad de actualizar cada tres años las reducciones en la cotización establecidas en esta ley mediante las futuras Leyes de Presupuestos Generales del Estado, en función de la evolución del índice de precios al consumo experimentado en tales períodos de tiempo.
El Gobierno se compromete a determinar, reglamentariamente, en un plazo de seis meses los términos y condiciones en los que la pensión de jubilación del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios sea compatible con la realización de labores agrarias que tengan carácter esporádico y ocasional.
Por último, cabe destacar que mediante la disposición transitoria única se consideran efectuadas en el Régimen General las cotizaciones del Régimen Especial Agrario relativas a los trabajadores por cuenta ajena que son objeto de integración por esta ley, tanto a efectos de poder causar derecho a prestaciones como para calcular la cuantía de éstas.






Fuente: sbal.net



martes, 25 de octubre de 2011

BECARIOS: POR ALGO SE EMPIEZA ...



El trabajo de becario dejará de estar oculto a los ojos de la Seguridad Social. Las empresas y los organismos públicos que empleen a becarios a cambio de una remuneración, sea cual sea su cuantía, tendrán que abonar 48 euros al mes por ellos a partir del próximo 1 de noviembre. De esta cifra, el empleador abonará 42 euros y el becario, los 6 euros restantes. El Ministerio de Trabajo calcula que unas 30.000 personas se podrán beneficiar ahora mismo de esta situación. Esta novedad, incluida en la reforma de las pensiones , se detallará en un decreto que ha aprobado hoy el Consejo de Ministros y que entrará en vigor el día 1.
El Gobierno confía en recaudar unos 18 millones con los pagos de las empresas y hasta 120 millones por la recuperación del periodo de becario
Con esa cotización al régimen general de la Seguridad Social (por la base mínima), el trabajador tendrá la misma protección que el resto (aportación a la pensión, enfermedades comunes y profesionales, accidentes...) pero no al desempleo. El requisito es que se trate de prácticas remuneradas a cargo de universidades, fundaciones, organismos públicos o cualquier tipo de empresa.
La obligación de cotizar se produce desde el mismo mes de noviembre, pero para dar un cierto margen de adaptación a las empresas, la Seguridad Social permitirá aplazar la cuota de ese mes hasta el 31 de enero de 2012. El resto de cuotas deberán pagarse según el calendario reglamentario.
La medida elevará el número de cotizantes a la Seguridad Social por una vía que no es exactamente la de creación de empleo. Para evitar críticas y permitir diferenciar a estos nuevos cotizantes -de forma que puedan restarse-, el organismo público creará una cuenta especial de cotización donde encuadrar a este colectivo, que en adelante será muy superior a esos 30.000 que el Gobierno calcula que existen ahora. En base a esta cifra inicial, el departamento que dirige Valeriano Gómez prevé recaudar 18 millones de euros al año.
Además de generar el derecho a pensión de ahora en adelante, el decreto contempla también el rescate de hasta dos años cotizados para ciudadanos que en su día realizaran prácticas remuneradas sin recibir protección social, pues no existía obligación. Trabajo calcula que podrán acogerse a este supuesto entre 100.000 y 200.000 personas, que deberán hacerse cargo con carácter retroactivo de esa cotización (en este caso no cabrá reclamarla a la empresa). Con estos pagos, el Ministerio confía en que si unos 150.000 interesados se acogen a la medida ingresará unos 120 millones de euros durante el periodo en que esté en vigor.
Cada cotizante podrá recuperar hasta un máximo de dos años (si es que trabajó tanto tiempo como becario), sea cual sea su edad. Para ello deberá suscribir un convenio especial con la Seguridad Social -se podrá hacer desde el 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2012- y abonar 150 euros por cada mes rescatado. Así, quien quiera anotarse como cotizado un año de prácticas remuneradas deberá abonar 1.800 euros en total -3.600 millones por el máximo de dos años-.
El pago no tendrá que desembolsarse de inmediato y en un único plazo, sino que podrá afrontarse en el doble de tiempo que se pretende rescatar. Por ejemplo, quienes recuperen cuatro meses podrán abonarlos en ocho; quienes soliciten el máximo de dos años podrán hacerlo en cuatro. Los pagos comenzarán a partir del próximo enero.
Lo más complejo será acreditar ese periodo que aspira a ser cotizado. De momento, la Seguridad Social exige un documento, firmado por la empresa u organismo que en su momento empleó al becario, que informe de que este realizó allí prácticas remuneradas. Si la empresa ya no existe o si se niega a facilitar el papel, la Seguridad Social recomienda dirigirse a sus oficinas para que sea la inspección la que rastree el caso. No obstante, el procedimiento se antoja complejo y probablemente el organismo tenga que ser flexible en el reconocimiento de las prácticas antiguas.






Manuel V. Gómez (elpais.com)



lunes, 24 de octubre de 2011

ES NECESARIA UNA REVISION DEL SISTEMA FISCAL ESPAÑOL ...



Nos hemos acostumbrado desde hace ya muchos meses a que las noticias económicas no sean precisamente positivas. Las grandes cifras de la economía española, en un difícil contexto internacional, no sólo no despegan sino que las expectativas son cada vez más negativas.
Algunas cifras revelan este complicado panorama internacional y nacional a través de los datos del Sector Público (fuente: FMI, septiembre 2011). En resumen, más participación pública en la economía sin lograr la recuperación económica y del empleo, y no a costa de los impuestos actuales, sino de impuestos futuros vía déficit y deuda, que alcanzará cotas importantes en 2011, 67,4% en España, 82,6% en Alemania y 100% del PIB en Estados Unidos.
El pretendido crecimiento económico no llega a pesar del esfuerzo de las finanzas públicas en los últimos tres años y la cuestión es hasta dónde pueden llegar los gobiernos con sus políticas expansivas para recuperar la buena senda sin poner en peligro la sostenibilidad del erario público.
En nuestro país, la necesaria consolidación fiscal requiere de esfuerzos en las dos vertientes, en el ingreso y en el gasto. En estas líneas nos referiremos a los impuestos, cuyo nivel estará condicionado principalmente por el nuevo nivel de gasto a sufragar y por supuesto por el nivel de actividad económica y el volumen de fraude fiscal.
¿Cómo aumentar la recaudación a corto plazo? Con la actividad económica frenada, no hay muchas opciones. Las vías son los impuestos especiales y el IVA, y en menor medida el IRPF y aún menos el impuesto de sociedades. Con la polémica resurrección de patrimonio no se esperan grandes recaudaciones y los impuestos propios autonómicos son residuales y no conviene crear nuevas figuras que puedan afectar a la competencia.
Los impuestos especiales sobre hidrocarburos y tabaco tienen asegurada una nueva subida en los próximos meses. La justificación sería relativamente fácil: España se encuentra por debajo de la media europea, son impuestos sencillos de aplicar y recaudar, y su efecto recaudatorio sería inmediato. Lamentablemente, los precios actuales de las gasolinas ya son muy elevados y añadiría una nueva vuelta de tuerca al peso de este gasto en la cesta de la compra de los consumidores y en los costes de producción, afectando por tanto a la competitividad.
En el caso del IVA se puede argumentar de forma similar. El tipo actual en nuestro país, 18% desde julio de 2010 tras muchos años en el 16%, tiene aún recorrido para aproximarse a la media de nuestro entorno. No es aventurado pronosticar una próxima subida al 20%. Desgraciadamente, esta nueva subida del IVA en un contexto de escaso crecimiento y moderada inflación también es contraproducente para salir de la crisis, pero no caben muchas alternativas. Y no debemos olvidar que el fraude en este impuesto puede crecer con el cóctel explosivo de crisis y subida de tipos.
En el IRPF se podrían adoptar algunas medidas:
Primero, reducir transitoriamente los beneficios fiscales de las aportaciones a planes de pensiones. Son muchos millones de euros que dejamos de ingresar por las elevadas aportaciones de las rentas más altas. Con los datos de 2009, último disponible, el importe de la reducción (general) fue de 5.754 millones de euros con una aportación media de 1.378 euros. Se podría reducir el límite anual de los 10.000 (12.500 para mayores de 50 años) a los 2.400 euros, por dejar una puerta abierta al denominado ahorro-previsión, o incluso anularlo un ejercicio.
Segundo, elevar el gravamen del capital, pasando del actual 19% en los primeros 6.000 euros y 21% después, a un 21% en los 3.000 primeros euros y 24% después, igualando así este tipo al mínimo del trabajo como en los verdaderos impuestos duales nórdicos. Con esta medida se ganaría en equidad trabajo-capital y no creo que hubiese estampida de capitales.
Tercero, eliminar todas las deducciones autonómicas cuyos efectos prácticos son más bien escasos.
Y cuarto, se podría elevar transitoriamente al 50% el gravamen a partir de un umbral elevado, 300.000 euros, aún siendo conscientes de su escaso poder recaudatorio. Actualmente, el gravamen es del 44% a partir de 120.000 y 45% desde 175.000, aunque varias regiones han modificado el tramo autonómico, la mayoría al alza.
En cuanto al impuesto de sociedades, los resultados empresariales en estos tiempos no dan para mucho. La única vía consistiría en eliminar ciertas deducciones que hacen que las grandes empresas paguen muy por debajo del 30% establecido. Las estadísticas de 2008 señalaban que el tipo efectivo era del 18% y el dato provisional de 2010 se reduce al 16,7%. En mi opinión, el tipo dual actual, 30% general y 25% para PYMES es engañoso, ya que son precisamente las grandes empresas las que se benefician del entramado de bonificaciones y en ocasiones tributan efectivamente por debajo del 20%. Se podrían hacer cálculos para ver las repercusiones en recaudación de reducir los tipos nominales en 5 puntos a costa de eliminar tales deducciones. Apuesto por el incremento de recaudación.
Los deberes pendientes en materia fiscal son muchos. El orden lógico sería comenzar por racionalizar el gasto público, pero es conocida su rigidez y más en nuestro país con la importante descentralización a las Comunidades Autónomas. Pero el tiempo pasa y se requieren reformas estructurales, reorganización del sector público (municipios y sector empresarial por ejemplo), resolver de verdad el problema de las cajas... y diseñar un nuevo sistema tributario para afrontar este nuevo Sector Público, más allá de las medidas coyunturales aquí comentadas que suponen un mayor sacrificio para los contribuyentes españoles.




Francisco J. Delgado Rivero es Profesor de Hacienda Pública de la Universidad de Oviedo.






Fuente: eleconomista.es

jueves, 20 de octubre de 2011

El comercio electrónico sigue "in crescendo"

El sector del comercio electrónico goza de muy buena salud. Por lo menos eso es lo que se desprende del último estudio del Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información, ONTSI, que asegura que la cifra estimada del volumen total del sector en 2010 alcanzó los 9.114 millones de euros, lo que supone un incremento del 17,4 por ciento en comparación con 2009.
Según el ONTSI, el sector del ha tenido un comportamiento positivo durante el año pasado. Y es que según se desprende de su estudio, la cifra estimada del volumen total del sector es de 9.114 millones de euros, lo que supone un incremento respecto a 2009 del 17,4 por ciento, “el mayor incremento anual registrado en los últimos años”. A la hora de obtener estos resultados, uno de los factores clave ha sido el incremento del gasto medio por comprador, que ha pasado de 749 euros en 2009 a 831 euros en 2010, un incremento del 10,9 por ciento.

ONTSI comercio electronico B2C compra online“El comportamiento de compra on-line sigue presentando año a año síntomas de mayor madurez”, afirma el ONTSI, que asegura que “esta evolución se observa en el hecho de que hay una mayor antigüedad en la experiencia de compra on-line, se han incrementado el porcentaje de compradores regulares, se están consolidando los canales de venta exclusivamente on-line, los nuevos canales de compra como las subastas online han crecido, además de los accesos directos al canal de  compra y la mayor incidencia de formas de pago ad hoc como el sistema PayPal”.

Por sectores, el turismo y el ocio siguen liderando el ranking. No obstante, el año pasado se observó un crecimiento en áreas como ropa y complementos o alimentación y bazar.

“La satisfacción con la oferta española de comercio electrónico B2C es positiva y aumenta conforme los productos y servicios ofrecidos son mejor conocidos, aunque nos encontramos con un consumidor cada vez más exigente que utiliza nuevos canales de reclamación y que tiene cada vez más en cuenta los sellos de calidad” afirma ONTSI, quien afirma que la necesidad de tener contacto físico continúa siendo “el freno principal al comercio electrónico”. La seguridad continúa preocupando, pero ha perdido peso.
Fuente: idg

martes, 18 de octubre de 2011

El presidente del Consejo General de Colegios de Economistas, Valentí Pich Rosell y el presidente del Registro de Economistas Forenses del mismo Consejo General, Leopoldo Pons Albentosa, han dirigido el estudio realzado por el REFOR-CGCEE, sobre la·reforma de la Ley Concursal, publicada·en el BOE el día 11.·


13 de octubre de 2011.- La legislación de las insolvencias es un cuerpo normativo complejo, de gran extensión y plagada de referencias de frontera tanto legislativas como interpretativas, y esto se manifiesta en un texto que necesitó en su origen, Ley 22/2003, de 230 artículos, 17 referencias derogatorias y 35 disposiciones finales que abordaron un centenar de cambios y acomodaciones en el resto de la legislación española.·
Con la misma nos sumamos al conjunto de reformas y modificaciones de la legislación de las insolvencias de nuestro entorno, donde la experiencia ha promovido significativas variaciones respecto de los modelos acuñados en los años
80 del siglo pasado.


Una reforma con más de 500 modificaciones a la Ley 22/2003



La reforma ha cambiado, entre novedades, modificaciones y supresiones, más de 500 referencias de la Ley 22/2003 vigente en estos momentos, recorriendo, a su vez, un centenar de artículos, también se ha ocupado de la legislación laboral en los concursos, de la Ley del IVA e inversión del sujeto pasivo en determinadas operaciones, de la regulación del deporte profesional y su frontera concursal y de otros muchos escenarios del ámbito mercantil, civil y administrativo concomitantes con el perímetro concursal.
Este impulso y resultado reformador camina en la dirección que la realidad y los modelos comparados van marcando con alguna excepción de contracorriente, de hecho viajamos hacia la regulación separada de la extraconcursalidad – personas naturales no empresarios (DA única)-, paraconcursalidad -la refinanciación-, preconcursalidad -convenio anticipado-, y eficiencia y eficacia concursal – reestructuraciones empresariales concursales, soluciones simplificadas y abreviadas al concurso, planes de liquidación anticipado iniciales entre otras-.

jueves, 13 de octubre de 2011

Retiros dorados

Los cien millones de euros largos que, en total, han cobrado o aspiran percibir una veintena de ex directivos de cajas de ahorro con gran escándalo de las fuerzas sociales y políticas, se quedan por debajo de los 106 millones que se embolsó Ángel Corcóstegui en 2002 por salir del Santander Central Hispano y dejar el camino libre a su presidente Emilio Botín. Estos blindajes tienen un origen parecido: muchas veces se despeja a una parte de los altos ejecutivos a golpe de billetera, con el fin de que las fusiones o reestructuraciones salgan adelante. Pero las entidades de ahorro que se han mostrado tan generosas con los salientes tomaron esta decisión cuando empezaron a verse en graves dificultades, y han tenido que ser socorridas con recursos públicos, es decir, de todos los ciudadanos, y existen serias dudas de que puedan recuperarse.
El Banco Santander, por el contrario, tras pagar la indemnización más elevada nunca concedida en España y una de las más abultadas del mundo se mantiene, pese a las turbulencias, entre más rentables grupos financieros internacionales.
La Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) fue intervenida por el Banco de España, y está a la espera de que alguna de las entidades españolas más solventes se muestre dispuesta a hacerse cargo de su futuro. Su rescate tendrá un coste final, que el Gobierno quiere cargar sobre el sector bancario a través del remozado Fondo de Garantía de Depósitos.

martes, 11 de octubre de 2011

OTRA VEZ EL AFAN RECAUDATORIO DE AEAT

La Agencia no tiene todavía un criterio de liquidación de IRPF e IVA. Varias comunidades cambiaron en verano de improviso el sistema de cálculo.

Mercedes Serraller (expansion.com)

Cerca de un millón de contribuyentes que son socios de una pyme en la que también trabajan sigue en vilo. Hacienda se comprometió el pasado julio a aclarar en octubre cuál va a ser el criterio de liquidación en IRPF e IVA de sus ingresos, que pasó a considerar de improviso como rendimientos de actividades económicas en mayo en vez de rendimientos del trabajo. Sin embargo, ayer acabó una reunión del Foro de Asesores con la Agencia Tributaria (AEAT) de la que los fiscalistas salieron sin conocer qué doctrina va a aplicar Hacienda.

Los contribuyentes que han recibido propuestas de liquidación por IRPF y por IVA son personas físicas, que reúnen la condición de socios y trabajadores de sus sociedades. Hasta ahora han calificado sus retribuciones como rendimientos del trabajo. Por lo menos un millón en el conjunto de pymes que hay en España.

Para su sorpresa, la Agencia ayer no explicó cómo es posible que algunas delegaciones cambiaran el criterio de liquidación por su cuenta y riesgo. Y les emplazó a reunirse a finales de mes, con la idea de tener un borrador a principios de noviembre. Además de representantes de los departamentos de Recaudación, Inspección, Gestión e Informática, también participó en la reunión de ayer el departamento de Relaciones Institucionales.

El cambio de criterio se produjo el pasado junio. Economistas y asesores fiscales recibieron noticias de que la AEAT estaba enviando propuestas de liquidación a los socios que también son asalariados, por IVA e IRPF, en las que recalificaba, de la noche a la mañana, los ingresos obtenidos como rendimientos del trabajo como rendimientos de actividades económicas. Primero fue en la provincia de Málaga. Después, esta situación se ha generalizado a Cataluña, Aragón, Castilla y León y resto de Andalucía.

Desde el Registro de Economistas-Asesores Fiscales (REAF) calculan que hay un millón de socios susceptibles de verse afectados por esta situación. Y, tomando como base unos ingresos de 30.000 euros, detallan que el cambio puede suponer un aumento de unos 4.800 euros por IVA y 6.000 en IRPF, más intereses de demora. Unos 10.800 euros a los que se restaría lo que se deducían hasta ahora los socios por rendimientos del trabajo. En total, el golpe fiscal podría salirle a cada socio por cerca de 5.660 euros.

Si Hacienda liquidara esta cantidad a los cerca de un millón de socios, obtendría una cifra astronómica. Pero, de momento, son unos cuantos miles los contribuyentes que han recibido la mala noticia. El interés de la AEAT en cambiar sus criterios sobre la marcha, sugieren fuentes de los afectados, puede venir del afán recaudatorio de la Administración. Y, si el proceso prosperaba, las actas que se levantaran computarían en las arcas públicas. Desde Hacienda señalaron que se han producido casos concretos por el legítimo control del fraude que ejerce la AEAT.

Hacienda dijo que no va a anular de oficio sus actuaciones, pero se compromete a estudiar caso por caso y a ofrecer una solución general, que ya se retrasa. Atribuyó el conflicto a unas pruebas piloto que se generalizaron ante la dificultad de control de los órganos territoriales.

Los asesores esperan noticias.
El pasado 30 de marzo nació el Foro de Asesores para mejorar la relación entre la Agencia Tributaria y los contribuyentes. El Foro, que se inspira en el de Grandes Empresas, establece como objetivos aumentar la seguridad jurídica de los contribuyentes, profundizar en el conocimiento mutuo en un marco de transparencia y rigor, y difundir las novedades y los criterios de actuación de la Agencia. Por parte de los asesores, lo forman diez asociaciones de fiscalistas o expertos contables. Estas plataformas celebran que se haya creado un cauce de diálogo con la Administración y esperan recibir noticias sobre el criterio de liquidación lo antes posible.

Fuente: supercontable.com

Banesto, gana menos

Banesto ha registrado un beneficio neto atribuible de 298,41 millones de euros durante los nueve primeros meses del año, lo que supone un descenso del 33,8% respecto al obtenido en el mismo periodo del ejercicio anterior, según ha informado la entidad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
La entidad finanaciera ha reconocido que ha sido un periodo "complicado" para el negocio bancario, pues a la debilidad económica existente durante todo el ejercicio se han añadido nuevas incertidumbres que han provocado un escenario de "fuertes tensiones y gran volatilidad" en los mercados. Según el banco, el impacto inmediato más directo en sus cuentas ha sido el encarecimiento de la financiación mayorista.
La entidad ha subrayado que ha seguido reforzando su solidez patrimonial con dotaciones a provisiones por 606 millones de euros, de los cuales las dotaciones para insolvencias han supuesto 451,9 millones de euros, frente a los 291 millones hasta septiembre de 2010.
A cierre de septiembre, la morosidad de Banesto se situó en el 4,65%, frente a la tasa del 3,80% que presentaba un año antes, con una cobertura con provisiones del 53%, mientras que el 'core capital' alcanzó ya en septiembre el objetivo anual del 9%. El margen de intereses de Banesto alcanzó los 1.131,14 millones entre enero y septiembre, un 12% menos, mientras que el margen bruto fue de 1.722,7 millones, un 9,9% menos, y el margen neto de explotación se situó en 992,8 millones, con un descenso del 15%. 
 

lunes, 10 de octubre de 2011

MAS DINERO PUBLICO PARA LOS BANCOS ...




La canciller de Alemania Angela Merkel y el presidente francés, Nicolas Sarkozy, anunciaron ayer en Berlín que propondrán "cambios significativos" en los Tratados europeos. Serán parte de un "paquete íntegro" de medidas para combatir la crisis de deuda y consolidar el sector bancario en Europa. Los mandatarios de las dos principales economías del euro no ofrecieron detalles de dicho plan, que pretenden que quede listo para la cumbre del G-20, que se celebrará en Cannes los próximos 3 y 4 de noviembre. Ayer reunidos en Berlín, Merkel y Sarkozy coincidieron en que aún es pronto para pormenores, pero mostraron su determinación a salvar a los bancos mediante inyecciones de dinero público. La canciller Merkel destacó que hará "todo lo que sea necesario" para evitar el hundimiento de bancos alemanes en el remolino de la crisis de deuda.




Sería la segunda tanda de rescates bancarios con dinero del contribuyente, después de los multimillonarios desembolsos llevados a cabo sobre todo en 2009. Se trata, según dijo ayer Merkel, al lado de Sarkozy, de asegurar el funcionamiento del sistema crediticio "como base de un correcto desarrollo económico". Para lo cual harán falta criterios comunes "que sean aceptados por todas las partes". La crisis de deuda europea ha abierto la puerta a una segunda fase de crisis bancaria.


El retraso en el inicio de la rueda de prensa se interpretó como una señal de desacuerdo entre los negociadores. Pero Nicolas Sarkozy negó que hubiera disenso sobre el modo de utilizar el fondo de estabilidad europeo para ayudar a los bancos: "Estamos completamente de acuerdo y sabemos muy bien qué camino vamos a tomar".
Según coinciden diversas informaciones, Sarkozy, que tiene las presidenciales francesas a la vuelta de la esquina, quería que los bancos en apuros pudieran recurrir directamente al fondo de estabilidad para recapitalizarse. Con ello se ahorraría la mala prensa electoral de un nuevo rescate bancario con fondos públicos. Merkel, en cambio, insistió la semana pasada en que el recurso al fondo europeo de estabilidad sólo es aceptable para bancos que no puedan recapitalizarse por sí mismos ni con ayuda del Estado donde tienen su sede. El Gobierno francés ha dado señales de que acepta la posición alemana.


Durante las últimas semanas se han acumulado los indicios de una cada vez se da más probable la reestructuración de la deuda griega, que lleva meses fuera de control. Se habla de una posible quita del 60% del total de pasivo, lo cual para los economistas equivaldría a una insolvencia. La cuestión, en tal caso, será cómo evitar que los bancos europeos que tienen bonos griegos se vean arrastrados a la ruina. El ministro alemán de Hacienda Wolfgang Schäuble, democristiano como Merkel (CDU), dijo ayer que existe "un alto riesgo de que la crisis se acentúe y se extienda". Urge, por tanto, inyectar dinero en los bancos.


Varios líderes del liberal (FDP), socios de Merkel en el Gobierno alemán, han repetido esta semana que "Grecia deberá reestructurar" sus compromisos económicos. Algunos liberales pidieron su salida de la Moneda Única. Ayer en la capital alemana, Merkel y Sarkozy insistieron, no obstante, en que el futuro de Grecia está en el euro. El francés, más dado a las frases teatrales que su anfitriona, dijo que están trabajando en "una nueva visión" para Europa.


Los bancos franceses están más enfangados que los alemanes en la ciénaga de bonos griegos. Además de la probable repercusión electoral de un nuevo rescate bancario, los franceses temen que la quita griega provoque una reacción en cadena en su sistema financiero y una rebaja de las calificaciones de riesgo tanto de su banca como de los bonos del Estado. Algunos medios alemanes aventuraban estos días que Berlín podría conceder a Francia la flexibilización del fondo de estabilidad europeo como contrapartida a las quitas. La comparecencia de ayer en Berlín aleja esta posibilidad.


Este fin de semana ha supuesto un punto álgido en el interminable debate sobre la reestructuración griega. El presidente del Partido Socialdemócrata alemán (SPD), Sigmar Gabriel, se ha declarado partidario de estatizar los bancos en apuros. En una entrevista que publicará hoy el diario Frankfurter Allgemeine Zeitung, Gabriel pide que cualquier ayuda se conceda a cambio de "regulaciones más estrictas" de los bancos en problemas. "La divisa debe ser: ni un céntimo estatal para salvar un solo banco que no aplique reformas profundas" a su modo de funcionar. Para el socialdemócrata, la cuestión que plantea esta crisis bancaria es la decisión entre "democracia o dominio de las finanzas".


La canciller, que ha obtenido resultados muy flojos en las siete elecciones regionales del superaño electoral 2011, sólo enfrenta una cita con las urnas en todo 2012. En su Unión Demócrata Cristiana se espera que aproveche la calma electoral que disfrutará hasta las generales de 2013 para asumir el liderazgo en la crisis europea. El presidente del Banco Mundial, Robert Zoellick, ha criticado estos días la política de "ir tirando" de la canciller, a la que pide "claridad y orientación".






Fuente: elpais.com

El empleo sumergido evade 1.150 millones de euros solo en Almería

«Hacienda somos todos» fue un lema del Gobierno de España que, allá por los ochenta se convirtiera en un mantra del estilo de «las muñecas de Famosa» o «El Almendro, vuelve a casa por Navidad». Buscaba luchar contra el endemismo mediterráneo que supone la evasión fiscal. Es decir: instar a la solidaridad y la corresponsabilidad a una sociedad pícara en la que el evasor no es visto como un pecador sino como un listillo.
La realidad ha demostrado que no sirvió de mucho. En España la evasión fiscal ha ido reduciéndose, pero sigue siendo muy superior a la que se da en el resto de Europa. Y eso significa que el Estado recauda menos que lo que debería. En época de bonanza, la evasión fiscal pasa a un segundo plano. Pero con las vacas flacas, esta realidad se vuelve hiriente para quienes sí que contribuyen de forma justa.


viernes, 7 de octubre de 2011

Aumenta el 414 % las empresas insolventes en Almería

Es la provincia en la que más han aumentado de toda España en los últimos nueve meses

 En los primeros nueve meses del año, la insolvencia empresarial ha aumentado el 414,19% en Almería, según el Radar Empresarial elaborado por la empresa Axesor, y que apunta que el tejido productivo español disminuyó en 23.005 empresas en ese mismo periodo, lo que supone una caída del 63,4% respecto a las 14.073 empresas que desaparecieron en el mismo período de 2010.
El caso de Almería es el más significativo, ya que se convierte en la provincia en la que porcentualmente hay más quiebras, y a ella le siguen Huesca (177,78%), Cantabria (94,44%), Lugo (92,86%), Badajoz (72,22%), Toledo (65,38%), Palencia (60%).






 Otro dato significativo de la situación empresarial en Almería es que según datos recabados por Noticias de Almería del Ministerio de Trabajo, procedentes de la Estadística de Regulación de Empleo, que se elabora con la
información recogida en las fichas estadísticas remitidas por las autoridades laborales competentes, en relación a los Expedientes Administrativos de Regulación de Empleo que producen efectos en el periodo considerado, cualquiera que sea el año de resolución, Almería ha multiplicado por cinco el número de EREs presentado en dos años, y casi en la misma cantidad el número de trabajadores afectados. Ese incremento es uno de los más elevados de toda España.

Así, Almería pasó de 24 EREs en 2008 a 125 en 2010, mientras que Andalucía entera lo hizo de 291 a 959, es decir mas de tres veces lo de hace dos años mientras nuestra provincia quintuplicó.

En cuanto al número de trabajadores afectados la proporción es similar, ya que mientras Almería pasó de 133 a 789, es decir, multiplicándose por más de cinco, en Andalucía como en el resto de las autonomías, la tónica es algo más que triplicar la cifra, de 5.905 a 19.505.

De hecho lod datos globales de España son 4.227 EREs en 2008, 13.029 en 2010, 148.088 trabajadores afectados en 2008 y 302.746 en 2010.
Durante los nueve primeros meses de 2011, un total de 3.838 empresas entraron en concurso de acreedores, un 13,18% más que de enero a septiembre de 2010. Los procesos de insolvencia instados por pymes (3.791) aumentaron un 13,37%, en cambio los presentados por las grandes empresas se mantuvieron respecto al mismo periodo de 2010. El dato almeriense no extraño si tenemos en cuenta que el mismo informe señala que el incremento de concursos de acreedores se ha producido en los sectores de la agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, actividades artísticas, recreativas y de mantenimiento.

Veinte provincias consiguieron disminuir el número de concursos presentados y sus porcentajes de mejora lo hicieron por encima del 20%: Melilla (50%), Ceuta (50%), Teruel (33,33%), Burgos (31,25%),


Las bajas y ceses siguen creciendo en mayor medida que la creación o reactivación de empresas, un 15,53%, con 101.819 empresas inactivas de enero a septiembre. Las disoluciones y ceses de actividad empresarial afectaron a 101.695 pymes, un 15,53% más que el pasado año, y a 124 grandes compañías, un 14,61% más que en los nueve primeros meses de 2010.El incremento de la actividad empresarial (las nuevas altas más las reactivaciones de las empresas que habían cesado su actividad anteriormente) creció un 6,42% en términos interanuales, con 78.814 empresas.

Hasta el mes de septiembre sólo dos provincias han creado tejido empresarial neto en España: Álava y Teruel.
En cambio Madrid, Barcelona y Alicante son las tres provincias donde más empresas han desaparecido: 3.047, 2.568, 1.950, respectivamente.
Las actividades vinculadas al sector financiero y de seguros y, especialmente, al sector energético, caen drásticamente en cuanto a creación de nuevas empresas, un 25% y 45% respectivamente, mientras que la media sectorial crece un 10% hasta septiembre.

En cuanto a fusiones, España sigue en máximos históricos con un número total de 1.320 hasta septiembre, un 13,01% más que en el mismo periodo de 2010. Las fusiones entre las pymes aumentaron un 16,42% y entre las grandes empresas cayeron un 7,98%.
En este periodo tuvieron lugar 425 procesos de escisión empresarial, lo que supone un incremento del 21,7%. Por último, hasta septiembre se registraron un total de 27.812 operaciones de ampliación de capital en los primeros nueve meses de 2010.

miércoles, 5 de octubre de 2011

IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO. NOTA INFORMATIVA AEAT


El Impuesto sobre el Patrimonio se restablece con carácter temporal para los ejercicios 2011 y 2012, devengándose el 31 de diciembre de cada uno de estos ejercicios. De tal forma que la presentación de la declaración se realizará en 2012 y 2013 en los mismos plazos que las correspondientes declaraciones de IRPF. A partir de 1 de enero de 2013, desaparecerá nuevamente la obligación de contribuir, por tanto en el ejercicio 2014 ya no habrá que presentar declaración por este Impuesto.

PRINCIPALES NOVEDADES:
1.- EXENCIÓN VIVIENDA HABITUAL: Se eleva el límite de la exención de la vivienda habitual hasta un importe máximo de 300.000 euros.
2.- BASE LIQUIDABLE: En el supuesto de obligación personal de contribuir, la base imponible se reducirá en 700.000 euros , salvo que las CCAA establezcan otro importe. Esta reducción será aplicable también a los sujetos pasivos no residentes que tributen por obligación personal de contribuir y a los sujetos pasivos sometidos a obligación real de contribuir.
OBLIGACIÓN DE DECLARAR:
En principio sólo están obligados a declarar los sujetos pasivos cuya cuota del Impuesto sobre el Patrimonio, determinada de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto y una vez aplicadas las deducciones o bonificaciones que procedieran, resulte a ingresar . No obstante, estarán también obligados todos aquellos cuyo valor de bienes y derechos calculados según la normativa del mismo (y sin computar a estos efectos las cargas, gravámenes, deudas u otras obligaciones personales) resulte superior a 2.000.000 de euros, aun cuando la cuota resultara negativa.


OTRAS NOVEDADES:
BONIFICACIÓN DEL 75% DE LA CUOTA EN CEUTA Y MELILLA:
a) Se practicará para aquellos sujetos pasivos con residencia en Ceuta y Melilla cuando entre los bienes y derechos de contenido económico radique alguno situado o que deba ejercitarse en esas ciudades.
b) También será aplicable cuando no siendo residentes en Ceuta y Melilla posean valores representativos del capital social de entidades jurídicas domiciliadas y con objeto social en dichas ciudades o cuando se trate de establecimientos permanentes situados en las mismas.
DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE:
Los sujetos pasivos no residentes en España , cuando operen en ella por mediación de establecimiento permanente o cuando por la cuantía y características de su patrimonio situado en territorio español así lo requiera la Administración Tributaria, deberán designar un representante con residencia en España y comunicar su nombramiento, debidamente acreditado antes de finalizar el plazo de presentación del Impuesto.

NORMATIVA APLICABLE:
• Ley 19/1991 , de 6 de junio de 1991, del Impuesto sobre el Patrimonio.
• Ley 4/2008 , de 23 de diciembre, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria.
• Real Decreto-ley 13/2011 , de 16 de septiembre, por el que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter temporal.
• Normativa de las CCAA.


Fuente: Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT)

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