lunes, 13 de febrero de 2012

¿PREPARADOS PARA EL MODELO 347?



Una vez cerrado el IVA, toca empezar a pensar en el odiado y temido modelo 347, que como ya viene siendo tradicional este año también presenta modificaciones que les detallaré brevemente:



1. Suministro de información: trimestral. Se presentará una única declaración anual en la que la información sobre las operaciones realizadas se proporcionará desglosada trimestralmente, excepto la relativa a los importes percibidos en metálico superiores a 6.000 euros que seguirá proporcionándose de forma anual.
2. Imputación temporal: se modifica el criterio de imputación de manera que las operaciones se entienden producidas en el período en el que deban anotarse en los libros registro de IVA. Se homogeneiza así el período de imputación con el modelo 340.
3. Plazo de presentación: mes de marzo. (Febrero a partir de la declaración de 2012)Las declaraciones del modelo 347 correspondientes al ejercicio 2011 se presentarán durante el mes de marzo de 2012.
4. Hay que recordar que las operaciones se declararán en el modelo 347 siempre y cuando superen anualmente el importe de 3.005,06€, (300,51euros en el supuesto de cobros por cuenta de terceros).





Fuente: aeat.es

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