martes, 18 de octubre de 2011

El presidente del Consejo General de Colegios de Economistas, Valentí Pich Rosell y el presidente del Registro de Economistas Forenses del mismo Consejo General, Leopoldo Pons Albentosa, han dirigido el estudio realzado por el REFOR-CGCEE, sobre la·reforma de la Ley Concursal, publicada·en el BOE el día 11.·


13 de octubre de 2011.- La legislación de las insolvencias es un cuerpo normativo complejo, de gran extensión y plagada de referencias de frontera tanto legislativas como interpretativas, y esto se manifiesta en un texto que necesitó en su origen, Ley 22/2003, de 230 artículos, 17 referencias derogatorias y 35 disposiciones finales que abordaron un centenar de cambios y acomodaciones en el resto de la legislación española.·
Con la misma nos sumamos al conjunto de reformas y modificaciones de la legislación de las insolvencias de nuestro entorno, donde la experiencia ha promovido significativas variaciones respecto de los modelos acuñados en los años
80 del siglo pasado.


Una reforma con más de 500 modificaciones a la Ley 22/2003



La reforma ha cambiado, entre novedades, modificaciones y supresiones, más de 500 referencias de la Ley 22/2003 vigente en estos momentos, recorriendo, a su vez, un centenar de artículos, también se ha ocupado de la legislación laboral en los concursos, de la Ley del IVA e inversión del sujeto pasivo en determinadas operaciones, de la regulación del deporte profesional y su frontera concursal y de otros muchos escenarios del ámbito mercantil, civil y administrativo concomitantes con el perímetro concursal.
Este impulso y resultado reformador camina en la dirección que la realidad y los modelos comparados van marcando con alguna excepción de contracorriente, de hecho viajamos hacia la regulación separada de la extraconcursalidad – personas naturales no empresarios (DA única)-, paraconcursalidad -la refinanciación-, preconcursalidad -convenio anticipado-, y eficiencia y eficacia concursal – reestructuraciones empresariales concursales, soluciones simplificadas y abreviadas al concurso, planes de liquidación anticipado iniciales entre otras-.

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